CONTRATO DE LICENCIA DE USO Y COMERCIALIZACIÓN DE SOFTWARE Y/O PLATAFORMA TECNOLÓGICA VEE ESPAÑA (EL “CONTRATO”), QUE SE CELEBRA EL 2 DE AGOSTO DEL 2022 (LA “FECHA EFECTIVA”) ENTRE VIAJES DE GALA, S.A. DE C.V. REPRESENTADA POR BÁRBARA PATRICIA BORDON PAVÍA, (LA “LICENCIANTE”) Y “VEE SIGHTSEER AGENCY, S.L., REPRESENTADA POR EL SEÑOR EDGAR CASTELLANOS BORDON (EL “LICENCIATARIO”), DENOMINADAS DE FORMA CONJUNTA COMO LAS “PARTES” DEL PRESENTE INSTRUMENTO, LAS CUALES SE OBLIGAN EN TÉRMINOS DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:DECLARACIONES
I.- DECLARA LA LICENCIANTE, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
a) Que su representada es una sociedad mercantil debidamente constituida de conformidad con las Leyes de la República Mexicana, lo cual acredita mediante la Escritura Pública 1,825, de fecha 05 de abril de 1976, otorgada ante la fe del Lic. Octavio Manzano Trovamala Nava, Notario Público número 15 del Estado de Oaxaca, México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Distrito Federal, bajo el Folio Mercantil “59,420”, con fecha de inscripción de 07 de febrero del 2000.
b) Que se realizó una reforma integral total de Estatutos de la sociedad, lo cual acredita mediante Escritura Pública 53,026 de fecha 18 de octubre de 2018 otorgada ante la fe del Lic. Enrique Aguilar Godínez, Notario Público número 74 del Estado de México, México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, México, bajo el Folio Mercantil 59420* con fecha de inscripción 22 de Mayo del 2019.
c) Que tiene las facultades suficientes y bastantes para obligarse en nombre de su representada en términos del presente instrumento y que las mismas no le han sido limitadas ni revocadas; dichas facultades y poderes las acredita mediante el poder general para pleitos y cobranzas y actos de administración, contenido en la Escritura Pública 53,026 de fecha 18 de octubre de 2018 otorgada ante la fe del Lic. Enrique Aguilar Godínez, Notario Público número 74 del Estado de México, México, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, México, bajo el Folio Mercantil 59420* con fecha de inscripción 22 de Mayo del 2019.
d) Que su objeto social le permite la celebración del presente Contrato.
e) Que se encuentra dada de alta en el Registro Federal de Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria, bajo el R.F.C. “VGA760405PA3”.f) Que cuenta con los recursos económicos, humanos y técnicos para llevar a buen término las obligaciones que adquiere en virtud del presente Contrato y sus Anexos;
g) Que es el actual propietario y titular de los derechos patrimoniales derivados de la Plataforma Tecnológica y/u Obra y/o software registrada ante el INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR (“INDAUTOR”), PLATAFORMA VEE ESPAÑA CON NÚMERO DE REGISTRO 03-2022-050210584700-01 DE FECHA DE 02/05/2022 ANTE EL INSTITUTO NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR, (la “Plataforma Tecnológica VEE ESPAÑA” y/o “Plataforma Tecnológica VEE”).
h) Que la Plataforma Tecnológica VEE consiste en las especificaciones y características que se establecen en el (“Anexo Especificaciones y características de la Plataforma Tecnológica VEE ESPAÑA”).
i) El Licenciante desea designar al Licenciatario para actuar como persona y/o empresa autorizada para el uso y comercialización de la Plataforma Tecnológica VEE en el territorio europeo.
j) Que señala como su domicilio para oír y recibir toda clase de avisos y notificaciones el ubicado en Calle Cuvier, Colonia Anzures, número exterior 101, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, México, C.P. 11590.II.- DECLARA EL LICENCIATARIO, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL:
a) Que es una Sociedad de Nacionalidad Española, debidamente constituida conforme a las Leyes de España, según consta en la Escritura de Constitución de Sociedad Limitada y Nombramiento de Órgano de Administración número 902 de fecha 16 de julio de 2021, otorgada ante la fe de la Notaria Elisabeth García Cueto, Barcelona, España, se encuentra debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 48016, folio 94, hoja B – 569575.
b) Que su Representante Legal cuenta con los poderes y facultades suficientes y bastantes como administrador único de la Sociedad, para obligarse en nombre de su representada “VEE SIGHTSEER AGENCY, S.L.” según consta la Escritura de Constitución de Sociedad Limitada y Nombramiento de Órgano de Administración número 902 de fecha 16 de julio de 2021, otorgada ante la fe de la Notaria Elisabeth García Cueto, Barcelona, España, se encuentra debidamente inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, tomo 48016, folio 94, hoja B – 569575 y la Escritura de Certificación de la Titularidad Real con número 903 de fecha 16 de julio de 2021, otorgada ante la fe de la Notaria Elisabeth García Cueto, Barcelona, España.
c) Que su objeto social le permite la celebración del presente Contrato.
d) Con NIF “ESB16890113”.
e) Que cuenta con los recursos económicos, humanos y técnicos para llevar a buen término las obligaciones que adquiere en virtud del presente Contrato y sus Anexos;
f) Que señala como su domicilio para oír y recibir toda clase de avisos y notificaciones el siguiente: Provença 339, Bajos 08037 Barcelona.III.- DECLARAN LAS PARTES QUE:
a) Que en el presente Contrato no ha mediado dolo, lesión, violencia o cualquier otro vicio del consentimiento que pudiera afectar la validez del mismo.
b) Que de conformidad con las declaraciones expuestas los comparecientes reconocen mutuamente la existencia legal del presente documento, sujetándose al tenor de las siguientes:CLÁUSULASCLÁUSULA PRIMERA.- LICENCIA.
Las Partes acuerdan, que por medio del presente Contrato el Licenciante autoriza y otorga al Licenciatario una licencia por tiempo determinado, en los términos de la cláusula Sexta, para que el Licenciatario, utilice y comercialice en todo el territorio europeo de manera exclusiva los derechos de explotación de la Plataforma Tecnológica VEE, entendiéndose por territorio europeo lo siguiente: España, Alemania, Bélgica, Croacia, Dinamarca, Francia, Irlanda, Letonia, Luxemburgo, Países Bajos, Suecia, Bulgaria, Eslovaquia, Estonia, Grecia, Malta, Polonia, República Checa, Austria, Chipre, Eslovenia, Finlandia, Hungría, Italia, Lituania, Portugal, Rumanía y Reino Unido, acordando las Partes que en dicha Licencia el Licenciante otorga la posibilidad al Licenciatario de modificar, adaptar, ampliar y/o actualizar la Plataforma Tecnológica VEE, conforme a los lineamientos que se establecen en el presente Contrato.
Las Partes acuerdan expresamente, que la Plataforma Tecnológica VEE, se encuentra en proceso de ampliación para su mejor desarrollo y funcionalidad, por lo que, dicha ampliación y/o actualización y/o adaptación, entre otras, también formarán parte integral de la presente licencia y serán parte del presente Contrato, por lo tanto, la Licenciataria en su momento podrá utilizar y comercializar cualquier ampliación y/o actualización y/o adaptación, entre otras, relacionadas con la Plataforma Tecnológica VEE.1. USO Y COMERCIALIZACIÓN:
Las Partes acuerdan y se obligan que el uso y comercialización de la Plataforma Tecnológica VEE, siempre deberá realizarse bajo los lineamientos y directrices del Licenciante, entendiéndose que la presente licencia de uso y comercialización consistirá de manera enunciativa, más no limitativa en lo siguiente:
El objetivo de la Plataforma Tecnológica VEE es crear un Sistema que conecte a un Proveedor de Actividades Turísticas directamente con el cliente final, para la promoción y comercialización de sus Actividades.La Plataforma Tecnológica VEE va a funcionar como un Marketplace Bilateral donde cada actor podrá:
- Proveedor de Actividades: Tener un medio digital que permita la promoción de sus Actividades hacia su mercado objetivo y cercano a su ubicación para facilitar el consumo de las mismas; con la capacidad para Comercializar y Gestionar las Actividades.
- Cliente/Viajero: Poder conocer y elegir la oferta de Actividades que tiene al alcance de un viaje ida y vuelta en un fin de semana, dentro de su ubicación/estado. Que sea el tipo de oferta segmentado a su perfil de consumo y que pueda Reservar la Actividad dentro de la misma Plataforma Tecnológica VEE.
- Presentar al Licenciante un reporte de la operación de la Plataforma Tecnológica VEE, dentro de los 5 días hábiles posteriores al fin de cada trimestre, con el evento de determinar las Regalías a favor del Licenciante.
- Ser el único responsable (y deberá cubrir los costos de esto) de la comercialización, modificación, adaptación, ampliación, actualización, operación, servicio al cliente, y manejo de cuenta, entre otros.